Reglamento de la Cátedra Libre Internacional del Ambiente y Sustentabilidad de la Cuenca del Lago de Maracaibo "Pablo Emilio Colmenares Bottaro"

 


c.-Coordinador (a) del Consejo Técnico: Es el responsable de dirigir el Plan de Acción Anual, aprobado por el Consejo Técnico.

Sus funciones son las siguientes:

- Convocar y presidir las reuniones del Consejo Técnico.

- Coordinar el cumplimiento de las decisiones emanadas del Consejo Técnico, informando de sus resultados.

- Mantener informados a los miembros del Consejo acerca de los asuntos, que por su naturaleza, correspondan a la Cátedra.

- Someter a consideración del Consejo Técnico aquellas iniciativas que requieran aprobación por parte del mismo.

- Promover relaciones con medios de comunicación social que faciliten la difusión de las actividades de la Cátedra.

- Motivar la activa participación de los integrantes del Consejo Técnico.

- Estimular la vinculación con otras Cátedras Libres que funcionen en la URBE o en organizaciones o instituciones externas, con el propósito de compartir información y experiencias de mutuo beneficio.

- Apoyar el funcionamiento del Consejo Técnico y los Comités de Trabajo, suministrando el material requerido, así como las facilidades para el desarrollo de las actividades planificadas.

- Preparar en conjunto con el Consejo Técnico el Informe que la Cátedra deberá presentar sobre su gestión.

d.- Secretario (a): Cumple tareas de apoyo al Consejo Técnico y al comité de Asesores, en especial, al Coordinador (a), en labores como:

- La preparación de las Actas correspondientes a las reuniones ordinarias y extraordinarias.

- Recopilar información pertinente para los propósitos que persigue la Cátedra.

- Apoyar al Coordinador (a) en la convocatoria, la agenda de las sesiones de trabajo y las reuniones programadas, así como sus relaciones internas y externas con representantes de organizaciones e instituciones vinculadas a esta actividad.

e.-Miembros del Consejo Técnico: El ejercicio de las funciones de los miembros del Consejo Técnico de la Cátedra Libre, se orientará en promover un rol activo en el cumplimiento de sus objetivos. A tal efecto, se comprometen en:

- Atender con puntualidad a las convocatorias de las reuniones del Consejo Técnico.

- Participar en los eventos de la Cátedra Libre y en aquellos donde este vinculada.

- Promover el propósito y funciones de la Cátedra en el entorno de su propia actividad profesional y en las actividades donde concurra.

- Contribuir al proceso operativo de la Cátedra, mediante el aporte de relacionadas con la planificación, prácticas comunicacionales, planes y proyectos, participaciónen Comités de Trabajo.

- Orientación a los sucesores al momento de iniciar su período de actuación.

De los Comités de Trabajo:

Articulo 8º

El Consejo Técnico podrá nombrar diversos Comités que estarán bajo la responsabilidad del Coordinador del Comité, a fin de cumplir con las funciones y compromisos planificados.

Corresponde a estos Comités atender asuntos vinculados a:

- Formulación de propuestas de Planes, Programas y Proyectos especiales para el manejo integral de la cuenca del lago de Maracaibo.

- Identificación de nuevas tecnologías, innovaciones y logros en procesos del manejo y gestión integral de la cuenca.

- Preparación de programas formativos en desarrollo sustentable, responsabilidad social y gestión ambiental.

- Relaciones con el entorno, promoción y difusión de la cátedra, contactos con los sectores, especialmente los reguladores del ambiente de la cuenca del Lago;

- Propiciar Estímulos y Reconocimientos a los mejores logros alcanzados en la gestión ambiental de las empresas y entes gubernamentales.

- Otros asuntos que considere el Consejo Técnico

 

Del Financiamiento:

Articulo 9º

Corresponde al Consejo Técnico de la Cátedra Libre, la preparación anual del Presupuesto Financiero, que cubre las obligaciones derivadas de sus actividades y compromisos. El principio, en todo caso, es que esta inversión sea el producto del propio esfuerzo de la Cátedra, para lo cual deberá apelar al desarrollo de eventos y a la obtención de patrocinios y contribuciones especiales, especialmente aportes provenientes de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI).

A este efecto, corresponde a los integrantes del Consejo Técnico aportar su iniciativa y acción personal en beneficio de este objetivo.

 

De las Reuniones:

Articulo 10º

Las reuniones del Consejo Técnico serán de carácter ordinario y extraordinario.

Las ordinarias se efectuaran una vez al mes.

Las extraordinarias serán convocadas por el Coordinador (a) del Consejo Técnico, cuando asuntos de importancia lo ameriten. De igual manera, en las reuniones ordinarias se incluirán los asuntos, que por su naturaleza, merecen la consideración y aprobación del Consejo Técnico, incluyendo los informes que en forma periódica deberán producir los Coordinadores de los Comités.

Las reuniones extraordinarias estarán reservadas para tratar asuntos específicos; cualquier otro asunto requerirá la aprobación de los miembros.

Todas las reuniones y sus resultados serán objeto de una minuta, firmada en cada oportunidad por los asistentes; y sus decisiones de obligatorio cumplimiento.

 

De la Reserva y Propiedad Intelectual:

Articulo 11º

Queda expresamente convenido que todo material contentivo del esfuerzo intelectual de la Cátedra Libre, bien en forma integral como resultado de sus actividades, o donde hubo participación de sus miembros en representación del Consejo Técnico, pasará a ser propiedad de dicha Cátedra.

Cualquier controversia que surja sobre este particular pasará a conocimiento de las autoridades correspondientes de la Universidad “Dr. Rafael Belloso Chacín” para su consideración y decisión.

 

De los Asuntos no Reglamentados:

Articulo 12º

Para el caso de presentarse algún asunto que no esté previsto en el presente Reglamento y requiera la toma de alguna decisión, deberá ser sometido a consideración del Consejo Técnico para analizarlo en función de su nivel de autoridad o en su defecto, pasarlo a revisión y opinión del “Vicerrector Académico” de la URBE, para su decisión final.

 

De la Aprobación Final:

Articulo 13º

La aprobación y revisión de este Reglamento, en primera instancia, será potestad del Consejo Técnico; sin embargo, la aprobación final y su registro dentro o fuera de la URBE, corresponderá al Consejo Universitario de la Universidad Rafael Belloso Chacín.

Este Reglamento fue aprobado por el Consejo Universitario de la Universidad Rafael Belloso Chacín, en Maracaibo, sesión extraordinaria de fecha 14 de abril de dos mil nueve.

EL RECTOR

DR. OSCAR BELLOSO MEDINA

EL SECRETARIO

DR. HUMBERTO PEROZO

Universidad Rafael Belloso Chacín
Consejo Universitario

De la Finalidad:

Articulo 1º

El presente Reglamento Interno tiene como finalidad establecer las condiciones en las cuales se desarrollaran los eventos relacionados con las funciones asignadas a la “CATEDRA LIBRE INTERNACIONAL DEL AMBIENTE Y SUSTENTABILIDAD DE LA CUENCA DEL LAGO DE MARACIABO: “PABLO EMILIO COLMENARES BOTTARO”, (CLAPEC), para el cumplimiento de su misión, visión, valores y objetivos.

Del Objetivo General:

Artículo 2º

La Cátedra tendrá como Objetivos Generales los siguientes:

Concienciar a los diferentes actores del quehacer regional, nacional e internacional, que habitan la Cuenca del Lago, de la necesidad de acometer propuestas y acciones conjuntas de formación del talento humano, intercambio de conocimientos, transferencia de tecnologías, difusión, para lograr el desarrollo sustentable de la zona e incrementar la calidad de vida de los habitantes.

Propiciar la participación de la cátedra en la formulación y ejecución de proyectos de alta tecnología de gestión ambiental.

Promover las acciones necesarias para constituir un sistema regional de monitoreo permanente (Observatorio) de los ecosistemas acuáticos y terrestres de la Cuenca del Lago de Maracaibo y del Golfo de Venezuela, que faciliten el diseño de estrategias para mantener la sustentabilidad de estas cuencas

 

Del Objetivo Específico:

Artículo 3º

La Cátedra tendrá como objetivos específicos los siguientes:

Organizar programas de formación a nivel de extensión dirigido a la comunidad intra y extra universitaria, cuyo contenido conlleve al desarrollo de competencias, actitudes y valores para una eficiente gestión ambiental; así como el aprovechamiento de manera sustentable de las ventajas competitivas presentes en las empresas, comunidades que favorezcan su entorno.

Identificar y formular planes, programas y proyectos de orden ambiental para propiciar el desarrollo y manejo integral de la cuenca del Lago de Maracaibo.

Socializar el conocimiento en relación al desarrollo sustentable a través de la difusión de productos generados por la Cátedra, tales como realización de Congresos, conferencias, video conferencias, simposios, coloquios, seminarios, jornadas, charlas, talleres, foros y publicaciones u otras actividades, bajo las modalidades presencial y virtual.

Propiciar el establecimiento de integración y alianzas estratégicas para potenciar las acciones que realicen los diversos actores regionales de la Cuenca del Lago de Maracaibo.

Promover la transferencia de competencias de orden ambiental a niveles municipales.

Formular un “Plan Maestro o Integral de la cuenca” para que sirva de orientación a los organismos reguladores en materia ambiental a fin de facilitar las acciones de ordenamiento, control, desarrollo sustentable y conservación de la Cuenca del Lago de Maracaibo

 

De la Participación Externa:

Articulo 4º

La Cátedra Libre convocará al conocimiento y experiencia de actores internos y externos, dedicados especialmente al análisis del desarrollo sustentable, provenientes de los sectores gubernamentales, privados, Organizaciones No gubernamentales, universidades nacionales e internacionales, centros de investigación, organizaciones y agencias internacionales, bancos de desarrollo, para que sirvan de apoyo y fuente informativa principal en torno a la problemática de la cuenca y su entorno, a fin de irradiar y aplicar el conocimiento experto y de saberes a toda el Hinterland del Lago.

Igualmente, la cátedra contempla sesionar en lugares extra universitarios, para la realización de los eventos contemplados dentro de la Cátedra, lo cual le concede un carácter itinerante.

 

Del Consejo Técnico:

Articulo 5º

La función de dirigir el proceso técnico y administrativo de la Cátedra Libre corresponde a un Consejo Técnico, integrado del modo siguiente:

a.- Un (a) Coordinador (a) General, el cual estará representado por el Decano(a) de Extensión de URBE.

b.- Un (a) Coordinador (a) del Consejo Técnico, reservado a un representante de URBE, seleccionado por el Vicerrector Académico de la Universidad, dentro del personal directivo, docente o de investigación de la URBE, previa postulación de una terna presentada por el Decano de Extensión.

c.- Un(a) Secretario(a), seleccionado(a) por los integrantes del Consejo Técnico.

d.- Dos (2) representantes de cada una de las siguientes organizaciones: .- Universidad “Rafael Belloso Chacín”.

.-Asociación Civil para la Conservación de la Cuenca del Lago de Maracaíbo (ACLAMA)

e.- Un representante del Museo Ecológico del Lago de Maracaibo.

f.- Un representante del Instituto para la Conservación de la Cuenca del Lago de Maracaibo (ICLAM)

g.- Un representante del Centro Interamericano de Desarrollo Integral del agua y tierra (CIDIAT), ubicado en el Estado Mérida

Los representantes de estas instituciones ejercerán sus funciones por un período de dos años, luego de los cuales pueden ser reemplazados o nuevamente designados por las organizaciones integrantes del Consejo Técnico.

En caso de retiro de algún representante o su inasistencia por un período superior a los tres meses, el coordinador del Consejo Técnico deberá dirigirse por escrito a la organización postulante para que proceda a nombrar otro representante.

 

Del Organismo Asesor y Consejero:

Articulo 6º

La Cátedra Libre contará con un Consejo de Asesores, conformado por personas con reconocida trayectoria en el campo de la gestión ambiental y un Consejero Vitalicio, representado por el Ing. Pablo Emilio Colmenares, y se encargarán de otorgar la experticia en el área, para el mejor desarrollo de la Cátedra.

Cada uno de los miembros del Consejo de Asesores propuestos deberá contar con la aprobación del Consejo Técnico.

De las atribuciones y responsabilidades:

Articulo 7º

a.- Consejo Técnico: Constituye el órgano autorizado para los procesos relacionados con la planificación, coordinación, desarrollo y seguimiento de las actividades de la Cátedra Libre, asumiendo las siguientes responsabilidades:

- Preparar cada año el Plan de Acción y el Presupuesto de las actividades de la Cátedra

- Orientar el desarrollo de la Cátedra en función de la misión, visión y objetivos de la misma.

- Llevar indicadores de gestión que permitan evaluar en forma periódica y al final del período los resultados obtenidos.

- Organizar los eventos de acuerdo a lo programado o que surjan como consecuencia del entorno.

- Participar en eventos u otras actividades, que dentro de la URBE o fuera de ella, sean de interés para la Cátedra.

- Previa autorización de las autoridades competentes de la URBE, establecer acuerdos institucionales entre la Cátedra Libre y otras instituciones, que desarrollen actividades de gestión ambiental, de carácter regional, nacional e internacional.

- Preparar un informe semestral de los resultados de la gestión de la Cátedra.

- Aprobar la inclusión de los miembros del Comité de Asesores.

b.-Coordinador (a) General: Las funciones del Coordinador(a) General de la Cátedra están referidas básicamente a apuntalar las actividades de la Cátedra y su vinculación entre la Universidad, Aclama, organismos reguladores del ambiente de la cuenca, sector privado, ONG,s.

Sus funciones específicas serán:

- Apoyar y participar en las reuniones del Consejo Técnico, así como en las actividades que organice la Cátedra Libre.

- Participar en la preparación del Plan de Acción y en el Presupuesto Financiero.

- Mantener informado al Consejo Técnico de la Cátedra Libre de aquellas actividades que cumple la URBE, y en las cuales la Cátedra pueda tener algún punto de interés.

- Actuar como el factor vinculante entre la Cátedra y los sectores participantes en la misma.